SANTO DOMINGO. La jueza de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Eunice Minaya Pérez,
rechazó la acción de amparo incoada por la Vicaría Pastoral Familia y Vida, y
la Pastoral de la Salud de la Arquidiócesis de Santo Domingo de la Iglesia
Católica, en contra de la campaña de la Asociación Dominicana Pro-Bienestar de
la Familia (ProFamilia).
Considera que amén de la campaña visualizada, mal
podría prohibir la difusión de la misma, toda vez que el ejercicio de
divulgación se inscribe dentro de su derecho a la libertad de expresión y
difusión del pensamiento que tiene toda persona, sin que pueda establecerse
censura previa, con especial cuidado de proteger la juventud y la familia, con
especial cuidado a la ley y el orden público, "cosa que en el presente
caso no hemos notado que haya sido violada".
La jueza plantea que la libertad de expresión
constituye un terreno delicado por donde transita el subjetivismo de cada
quien, "y sería peligroso aventurarse a prohibir esas manifestaciones, que
aunque odiosas, se originan esencialmente en posiciones ideológicas encontradas
que podrían conducir al cercenamiento de las libertades alcanzadas a sangre y
fuego por nuestra República".
Asimismo, que la campaña no viola la autoridad
parental, porque no contiene mensajes que inciten y conlleven a una posición de
resistencia de los hijos a la orientación sexual de los padres,
"independientemente del método que éstos podrían usar".
"Que aunque la campaña publicitaria pudiera
entenderse contraria a la ideología, aceptada por un sector de la sociedad
dominicana, no llega, sin embargo, a conculcar derechos fundamentales, sino que
más bien circunda en los límites de una campaña ineficaz, que mal asimilada por
los jóvenes pudiera resultar contraproducente a los fines y propósitos
aparentemente altruistas que persigue ProFamilia". Sostiene que la campaña
no incita al aborto. El tribunal acogió una petición de los abogados de
ProFamilia, Cristóbal Rodríguez, Laura Acosta y Nassef Perdomo.
Argumentos
La jueza
rechazó la violación a derechos fundamentales por la divulgación de mensajes. Dice
que contrario a involucrar a menores en un mensaje que iría en desmedro de su
dignidad, honor y reputación, lo hace partícipe de un anuncio que va en pro de
que sean los padres que orienten de manera oportuna en el ámbito sexual a sus
hijos, "y por demás, el cuestionamiento plasmado es natural en los menores
de temprana edad". También que las violaciones alegadas no quedan
configuradas.






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