SANTO DOMINGO. La jueza de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Eunice Minaya Pérez,
rechazó la acción de amparo incoada por la Vicaría Pastoral Familia y Vida, y
la Pastoral de la Salud de la Arquidiócesis de Santo Domingo de la Iglesia
Católica, en contra de la campaña de la Asociación Dominicana Pro-Bienestar de
la Familia (ProFamilia).

La jueza plantea que la libertad de expresión
constituye un terreno delicado por donde transita el subjetivismo de cada
quien, "y sería peligroso aventurarse a prohibir esas manifestaciones, que
aunque odiosas, se originan esencialmente en posiciones ideológicas encontradas
que podrían conducir al cercenamiento de las libertades alcanzadas a sangre y
fuego por nuestra República".
Asimismo, que la campaña no viola la autoridad
parental, porque no contiene mensajes que inciten y conlleven a una posición de
resistencia de los hijos a la orientación sexual de los padres,
"independientemente del método que éstos podrían usar".
"Que aunque la campaña publicitaria pudiera
entenderse contraria a la ideología, aceptada por un sector de la sociedad
dominicana, no llega, sin embargo, a conculcar derechos fundamentales, sino que
más bien circunda en los límites de una campaña ineficaz, que mal asimilada por
los jóvenes pudiera resultar contraproducente a los fines y propósitos
aparentemente altruistas que persigue ProFamilia". Sostiene que la campaña
no incita al aborto. El tribunal acogió una petición de los abogados de
ProFamilia, Cristóbal Rodríguez, Laura Acosta y Nassef Perdomo.
Argumentos
La jueza
rechazó la violación a derechos fundamentales por la divulgación de mensajes. Dice
que contrario a involucrar a menores en un mensaje que iría en desmedro de su
dignidad, honor y reputación, lo hace partícipe de un anuncio que va en pro de
que sean los padres que orienten de manera oportuna en el ámbito sexual a sus
hijos, "y por demás, el cuestionamiento plasmado es natural en los menores
de temprana edad". También que las violaciones alegadas no quedan
configuradas.
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