Cristóbal Rodríguez |
El abogado Cristóbal Rodríguez afirmó este lunes que la decisión de la
fiscal del Distrito Yeni Berenice Reynoso de archivar de manera definitiva la
querella por concusión, desfalco, corrupción y prevaricación interpuesta contra
el ex presidente Fernández y la Fundación Global Democracia y Desarrollo,
(FUNGLODE) por el presidente de Alianza País, no se produjo de conformidad con
el marco jurídico vigente porque no antecedió proceso alguno de
investigación, como ordena la norma.
"El próximo miércoles vamos a impugnar ese auto porque entendemos
que no hay forma de sustentarlo jurídicamente ante un juez de instrucción, dado
que no se da ninguna de las nueve causas que lo motivarían, según lo que establece el artículo 281 del Código Procesal Penal
(CPP). En la querella, el querellante Guillermo Moreno narra hechos muy graves,
contrarios a la ley y se aportan elementos e indicios de prueba muy
contundentes que debieron verificarse en proceso exhaustivo de investigación”,
plantea Rodríguez.
Sostuvo que era un deber que le impone el CCP y la Constitución de la
República a la fiscal Reynoso, iniciar la investigación porque, en términos legales, es al juez de
Instrucción al que corresponde conocer el caso en un juicio preliminar y
determinar si archiva el caso o si, en cambio, ordena la apertura de juicio de
fondo.
"En esas nueve posibles causas para ordenar el archivo de un
expediente, no figura la falta de la tipificación de los hechos expuestos en la
denuncia, la supuesta no configuración de los tipos penales, que es la razón en
la que ella se fundamenta. La supuesta no configuración de los tipos penales es
una razón para que el juez de la Instrucción emita un auto de no ha lugar, que
debe ser posterior a la investigación", precisó Rodríguez.
Explicó que ahora toca al juez de Instrucción que resulte apoderado
del caso, examinar la decisión de la Fiscalía. Le corresponde a esta autoridad,
por tanto, pronunciarse sobre la
legalidad o no de la decisión de Reynoso y sobre la consistencia jurídica o no
de ese auto. Rodríguez confía en que esa decisión “lamentable” será revocada en
buen Derecho y se dispondrá la apertura de una investigación conforme manda el
CPP.
Finalmente dijo que Reynoso no observó una adecuada aplicación del CPP
ni una adecuada interpretación del Derecho, omitiendo obligaciones y
responsabilidades que la ley pone en manos del Ministerio Público.
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