Presidente Danilo Medina |
El presidente Danilo Medida sometió al Senado un proyecto de ley que
crea el Ministerio de Energía y Minas,
que ejercerá la tutela administrativa y la supervisión de la Comisión
Nacional de Energía, la Corporación de Empresas Eléctricas Estatales, la Superintendencia
de Electricidad y el Servicio Geológico Nacional.
A partir de su creación, el fondo especial creado por la Ley 112-00,
que establece los impuestos a los hidrocarburos y que actualmente maneja
Hacienda, pasará a ser administrado por la nueva dependencia, que lo usará en
el fomento de programas de energía alternativa, renovables o limpias y para los
programas de ahorro de energía.
Para fundamentar la tutela, el proyecto cita en su artículo 9 que la Ley Orgánica de la Administración Pública
ordena que los organismos descentralizados se encuentren adscritos al
ministerio más afín a sus cometidos institucionales. Además de los citados,
entra en esta categoría cualquier organismo descentralizado creado o por crear
relacionado con el sector de energía y minas.
El nuevo ministerio promoverá políticas que aseguren la cobertura y
accesibilidad a la energía; y propiciará un marco normativo que facilite el
desarrollo sostenible de un sector energético eficiente y velará por la
seguridad nacional en términos energéticos.
De conformidad con el artículo 13 de la Constitución, el Ministerio de Energía y
Minas será un órgano de la administración, dependiente del Poder Ejecutivo, que
estará encargado de la formulación y
administración de la política energética y de minería metálica y no metálica
nacional.
En ese sentido, le corresponderá la formulación, adopción,
seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes
generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético y
sus subsectores de energía eléctrica, energía renovables, energía nuclear, gas
natural, hidrocarburos y la minería, asumiendo todas las competencias que la
No. 290, del 30 de junio de 1966, otorga al actual Ministerio de Industria y
Comercio en materia de Minería, Energía e Hidrocarburos.
Además, serán atribuciones de este ministerio formular, adoptar,
dirigir y coordinar la política nacional en materia de exploración,
explotación, transformación y beneficio de minerales, metálicos y no metálicos
y velar por la protección, preservación y adecuada explotación de las
sustancias minerales que se encuentren en el suelo y subsuelo y submarino de la
República Dominicana.
También está entre sus facultades llevar el registro nacional de minas
y canteras, supervisar el cumplimiento de las condiciones de los contratos de
concesión minera y requerir información necesaria a los beneficiarios y
declarar caducas las concesiones de exploración o explotación minera, por las
causales determinadas en la Ley General de Minería, No. 146.
Coordinará con el Ministerio de Medioambiente los procedimientos de
evaluación de las propuestas de exploración y explotación de minas y canteras y
formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional
de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía, así como promover,
organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y eficiente
de energía.
El nuevo ministerio promoverá políticas que aseguren la cobertura y
accesibilidad a la energía; y propiciará un marco normativo que facilite el
desarrollo sostenible de un sector energético eficiente; velará por la
seguridad nacional en términos energéticos, desde la política de almacenamiento
de suministros, infraestructura para la distribución eficiente de los mismos,
diseño de composición ideal de la matriz energética y planes para su
consecución y todos los temas relacionados.
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