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El Senado aprueba enmienda al contrato de la Barrick Gold

El Senado aprobó ayer la segunda enmienda el contrato firmado entre el Estado  y la empresa minera Barrick Gold, que permitirá al Gobierno obtener unos 11 mil 615 millones de pesos durante la vida útil de la mina, calculada en unos 25 años, la cual tiene reservas estimadas en 25 millones de onzas de oro.
La pieza fue acogida por el Pleno del Senado, luego de que la comisión bicameral rindiera un informe favorable en el que hace siete recomendaciones que deberán ser tomadas en cuenta por las autoridades del gobierno.
El senador por la provincia Sánchez Ramírez, Félix Vásquez, felicitó al presidente Danilo Medina por haber logrado la segunda enmienda al contrato, lo que traerá grandes beneficios para el país.
Una de estas recomendaciones es que la provincia deberá recibir el 5% de los beneficios netos de la explotación del oro, y que se les debe prestar especial atención a los requerimientos de las 600 familias afectadas de la zona a consecuencia de la operación minera.  
La iniciativa pasará ahora la Cámara de Diputados para su ponderación y su ratificación. 
Recomendaciones
Las recomendaciones que hace la comisión bicameral son las siguientes: Que el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos realice un descenso a la presa de Mejita, en razón del impacto que han tenido los trabajos de la empresa minera Barrick Gold en la estructura de esta obra.

“Para esta comisión es altamente prioritario prestar atención especial a los requerimientos de las 600 familias afectadas en la provincia Sánchez Ramírez, como consecuencia de la explotación minera.”.
En cuanto al componente eléctrico, la comisión recomienda al Gobierno dominicano prestar atención especial a las operaciones de las generadoras eléctricas de la Barrick Gold, y al manejo del sistema de transmisión dentro del marco de la ley No. 125-01, sobre electricidad.
La Comisión Bicameral hace constar que dentro del marco de la ley No.64-00, sobre Recursos Naturales y Medio Ambiente, la provincia Sánchez Ramírez deberá recibir el 5% de los beneficios netos de la explotación del oro y otros minerales que procese la empresa.  “Todo esto bajo los términos del Contrato de explotación firmado con el Estado dominicano, y lo que establece la Ley No.91 sobre la materia, de los cuales el 10% corresponden a la provincia Monseñor Nouel.
La vicepresidenta del Senado, y presidenta de la Comisión Bicameral, dijo al término de la lectura del informe que el Congreso Nacional se mantendrá atento dando estricto seguimiento y supervisión a los puntos acordados durante las reuniones, para lo cual hará uso, en caso de ser necesario, de todos los instrumentos y mecanismos de control y fiscalización que le faculta la Constitución de la República, en los artículos 93.2, 94 y 95 , 246 que dispone lo relativo al control y fiscalización de los fondos públicos.
Beneficios
En las enmiendas introducidas al contrato, señala que el Estado tendrá un 51.3% de los beneficios que dejaría la mina Pueblo Viejo, Cotuí, se recibiría sujeto a que el oro se venda a un precio promedio de mil 600 dólares la onza en el mercado de Londres.

De de forma inmediata, el Gobierno comenzará a recibir 2,200 millones de dólares desde el presente año hasta el año 2016.
No obstante, en el caso de que el oro no se venda a ese precio, la enmienda al contrato vigente contempla el establecimiento de un impuesto de 23.3 por ciento sobre las ventas brutas de los minerales extraídos y exportados por la Barrick Gold.
Ese porcentaje será adicional al 3.20 por ciento que deberá pagar la Barrick Gold como Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los beneficios netos obtenidos en sus operaciones.
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