La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición que existía en el estado mexicano de Campeche para que las parejas homosexuales tuvieran derecho a la adopción.
La mayoría de los miembros de la corte declaró inconstitucional el artículo 19 de la ley regulatoria de sociedades civiles de convivencia de ese estado.
La norma prohibía a las parejas homosexuales la posibilidad de adoptar a un menor de edad.
El artículo derogado, indicó la SCJN, es discriminatorio de los derechos de los niños.
Esta decisión es similar a la que adoptó el mismo órgano en 2010, cuando autorizó la adopción a matrimonios homosexuales en el Distrito Federal.
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