Las informaciones sobre las operaciones de extracción de oro y plata
que lleva a cabo la empresa minera Barrick Gold en Cotuí no son de dominio
público, porque se trata de datos confidenciales vinculados a la seguridad
pública y, por tales motivos, el Tribunal Superior Administrativo (TSA) debe
rechazar la acción de amparo interpuesta por varias organizaciones sociales y
sindicales que los reclaman.
Además de alegar que se trata de informaciones confidenciales, que no deben
ser entregadas a ciudadanos particulares o a representantes de organizaciones,
sin saber para qué fines serían utilizadas, el MIC cuestionó la calidad de los
demandantes para reclamar a esos datos a un tribunal.
El tribunal presidido por la jueza Judith Contreras Smurdoc no acogió
estas peticiones, y dio cinco días de plazos a cada una de las partes para que
depositen sus alegatos de defensa y conclusiones escritas que permitan fallar el fondo en una próxima audiencia.
Los demandantes son la Asociación Dominicana de Profesores (ADP),
Unión General de Trabajadores (UGTD), Comité Dominicano de los Derechos Humanos
y el Consejo Nacional de la Unidad Sindical (CNUS). Fueron representadas por los abogados Manuel María
Mercedes, Darío Coronado y Bernardina Peña, quienes solicitaron el 30 de enero pasado
al MIC, como órgano regulador de la Barrick, que ofrezca las cifras y cantidad
de doré que se extrae de la mina de Pueblo Viejo. El ministerio respondió
negativamente, por lo que el caso fue llevado a los tribunales






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