Algunas medidas no entraron en enero, tienen fecha agosto |
Aunque una parte de la
legislación tuvo un efecto inmediato y los precios de muchos artículos de
consumo masivo, incluyendo de la canasta básica, experimentaron alzas, enero
marca el principio de la mayoría de las disposiciones.
El sistema financiero notificó
desde diciembre a sus clientes sobre la aplicación del 10% sobre los intereses
ganados de los ahorros y las empresas de telecomunicaciones hicieron lo mismo
con los gravámenes que ahora forman parte de los servicios que ofrecen,
incluyendo la televisión por cable.
Algunas medidas no entraron en
enero, sino que tienen fecha de inicio en agosto y otras ya entraron en
vigencia con la publicación de la ley o de sus normas de aplicación.
Ayer entró en vigencia el
aumento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre personas físicas, asalariados y
renta de empresas.
Asimismo, se inicia la
aplicación del aumento al impuesto sobre la propiedad inmobiliaria y el de
Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (Itbis), al que se le
amplía la base imponible y se aumenta la tasa, así como el incremento a un 10%
del impuesto advalorem a las bebidas alcohólicas y a los cigarrillos.
La aplicación del impuesto de
1% al derecho de circulación de los vehículos se inicia en agosto y el gravamen
sobre la emisión de dióxido de carbono empezó con la entrada en vigencia de la
norma de aplicación.
El reembolso del impuesto
selectivo sobre los hidrocarburos a las empresas generadoras de energía
eléctrica que vendan al sistema eléctrico nacional interconectado se hará
efectivo con la promulgación del reglamento, elaborado por el Ministerio de
Hacienda y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Algunas medidas fueron de
aplicación inmediata a la publicación de la ley, como la eliminación del
reembolso a los productos de bienes exentos, el impuesto selectivo a las
telecomunicaciones y al consumo de hidrocarburos, así como el aumento de la
tasa de retención sobre premios o ganancias obtenidas en loterías y máquinas
tragamonedas.
Asimismo, son de aplicación
inmediata la ampliación de la base imponible
al impuesto a los intereses pagados o acreditados en el exterior y a la
retención de pagos en el exterior en general, además de la gravación de los
intereses acreditados a personas físicas, con una tasa de 10%, y el
establecimiento de una tasa igual a la del ISR a las donaciones.
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